GESTIÓN AMBIENTAL O GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
1.
DEFINICIÓN:
Se denomina gestión ambiental o gestión del medio ambiente al
conjunto de diligencias conducentes al manejo integral del sistema ambiental. Dicho de otro
modo e incluyendo el concepto de desarrollo sostenible, es la estrategia
mediante la cual se organizan las actividades entrópicas que afectan al medio ambiente, con el fin de
lograr una adecuada calidad de vida, previniendo o mitigando los problemas
ambientales.
La gestión ambiental responde al
"cómo hay que hacer" para conseguir lo planteado por el desarrollo sostenible, es decir, para conseguir un
equilibrio adecuado para el desarrollo económico, crecimiento de la población,
uso racional de los recursos y protección y conservación del ambiente. Abarca
un concepto integrador superior al del manejo ambiental: de esta forma no sólo
están las acciones a ejecutarse por la parte operativa, sino también las
directrices, lineamientos y políticas formuladas desde los entes rectores, que
terminan mediando la implementación.
2.
AREAS NORMATIVAS Y LEGALES:
Las áreas normativas y legales que involucran la gestión ambiental son:
1. La política ambiental: relacionada con la dirección pública o privada de los asuntos
ambientales internacionales, regionales, nacionales y locales.
2. Ordenamiento territorial: entendido como la distribución de los usos del territorio de acuerdo con sus características.
3. Evaluación del impacto ambiental: conjunto de acciones que permiten establecer los efectos de proyectos,
planes o programas sobre el medio ambiente y elaborar medidas correctivas,
compensatorias y protectoras de los potenciales efectos adversos.
4. Contaminación: estudio, control, y tratamiento de los efectos provocados por la
adición de sustancias y formas de energía al medio ambiente.
5. Vida silvestre: estudio y conservación de los seres vivos en su medio y de sus relaciones, con el objeto de conservar la biodiversidad.
6. Educación ambiental: cambio de las actitudes del hombre frente a su medio biofísico, y
hacia una mejor comprensión y solución de los problemas ambientales.
7. Paisaje: interrelación de los factores bióticos, estéticos y culturales sobre
el medio ambiente.
3.
OBJETIVOS:
Sentar
las bases del ordenamiento ambiental del municipio: tiene como propósito la
caracterización ecológica y socio ambiental del territorio, ecosistemas
recursos naturales, con este proceso se llega a la zonificación ambiental del
entorno.
Preservar
y proteger las muestras representativas más singulares y valiosas de su
dotación ambiental original, así como todas aquellas áreas que merecen
especiales medidas de protección: con esta actividad se logra el sistema de
áreas protegidas.
Recuperar
y proteger las áreas de cabeceras de las principales corrientes de aguas que
proveen de este vital recurso a los municipios: con esta actividad se logra
mantener una densa y adecuada cubierta vegetal en las cabeceras o áreas de
nacimientos de las corrientes de agua éste es un requisito indispensable para
la protección y regulación hídrica.
Adelantar
acciones intensas de descontaminación y de prevención de la contaminación:
financiar actividades específicas de descontaminación, en las corrientes de
aguas más alteradas, así como el sistema de tratamiento de residuos líquidos y
sólidos, otorgar créditos para la implementación de tecnologías limpias para
disminuir los impactos ambientales.
Construir
ambientes urbanos amables y estéticos: la ecología urbana, la ciudad para vivir
con respeto y normas de control del medio ambiente urbano.
Adelantar
programas intensos y continuos de concienciación y educación ambientales:
programar actividades permanentes de concienciación ambiental.
4. CUADROS:
1.
SERVICIOS DE LA GESTIÓN
AMBIENTAL:
|
2.
SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL:
|
3.
ORGANIZACIÓN COMUNAL PARA LA
GESTION AMBIENTAL:
Las
comunidades y pobladores rurales en general (parceleros, ribereños, etc.) de la
Amazonía, también llamados “bosquesinos”, son quienes tradicionalmente hacen
uso directo de los bosques, ríos, cochas y otros recursos naturales a su
disposición. Además de lo que consumen directamente para satisfacer algunas de
sus necesidades básicas, ellos extraen la mayor parte de los recursos que se comercializan
en los mercados local, nacional e internacional.
Consecuentemente,
ellos deben ser quienes manejen los recursos que aprovechan, pero esto sólo
será posible si se genera un conjunto de condiciones propicias, que posibiliten
o faciliten dicho manejo (o gestión).
De
acuerdo con el GRMB (2006), solamente los territorios de las comunidades
indígenas y campesinas tituladas en la región Loreto abarcaban, al 2004, un
área de 3´563,040 hectáreas (Oficina de Acondicionamiento Territorial, GRL,
2006), y si se incluyen las titulaciones otorgadas en el 2005 y 2006, más las
titulaciones que se encuentran en trámite, se estima que esta área se acerca a
los 3.75 millones de hectáreas, en su mayor parte cubiertas de bosques.
En total, se calcula que estas comunidades poseen no menos de tres millones de
hectáreas de bosques, suficientes como para abastecer sosteniblemente por sí
solas todas las necesidades de la industria forestal de la región. Si se
incluyen los bosques locales que pueden solicitar los caseríos y centros
poblados menores de la región, las cifras pueden elevarse hasta los tres y
medio millones de hectáreas, una cantidad bastante mayor que los 2.2 millones
de hectáreas de las actuales concesiones, que, como es conocido, sólo están
siendo aprovechadas en una fracción de la totalidad.
Una de
las condiciones necesarias para que las comunidades puedan realizar un adecuado
manejo o gestión de los recursos de sus territorios, es contar con una sólida
organización interna específica para este fin.
4.
MINISTERIO DEL AMBIENTE EN EL
PERU:
El
Ministerio de Ambiente es un órgano del Poder Ejecutivo, es una persona
jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal. Sus objetivos son: asegurar el cumplimiento
del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los
recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas y
el desarrollo sostenible de la Amazonía; asegurar la prevención de la
degradación del ambiente y de los recursos naturales y revertir los procesos negativos
que los afectan; promover la participación ciudadana en los procesos de toma de
decisiones para el desarrollo sostenible; contribuir a la competitividad del
país a través de un desempeño ambiental eficiente; incorporar los principios de
desarrollo sostenible en las políticas y programas nacionales; los objetivos de
sus organismos públicos adscritos, definidos por las respectivas normas de creación
y otras complementarias.
5.
ORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO DEL
AMBIENTE DEL PERÚ:
5.1. Alta Dirección
5.2. Despacho Ministerial
5.3. Ministro. Tiene como funciones:
o
Dirigir
el planeamiento estratégico sectorial dentro del Sistema de Planeamiento
Estratégico
o
Dirigir
y supervisar los organismos públicos bajo su competencia
o
Proponer
y determinar la organización del Ministerio.
o
Aprobar,
dirigir, evaluar y controlar los planes de gestión del Ministerio.
o
Desginar
y remover a las personas de cargos de confianza del Ministerio, de los
organismos públicos adscritos y de otras entidades del sector ambiental.
o
Convocar
a reuniones sectoriales con los gobiernos regionales y locales.
o
Refrendar
los actos presidenciales correspondientes al sector ambiental.
o
Diseñar
la política y estrategia nacional de gestión integrada de las áreas naturales
protegidas por el Estado y supervisar su implementación
5.4. Secretaría General es la máxima
autoridad administrativa del Ministerio y coordina entre la Alta Dirección los
órganos de asesoramiento y apoyo. Le corresponde la gestión adminsitrativa,
documentaria, las actividades, las actividades de comunicación e imagen
institucional, las acciones de seguridad, defensa nacional, defensa civil de la
institución. Orienta y supervisa esos aspectos de los organismos públicos del
Sector Ambiental. ** Asesorar a la Alta Dirección en las materias de su
competencia.
5.5. Comisión Multisectorial
Ambiental: La Comisión Multisectorial Ambiental es el órgano encargado de
coordinar y concertar a nivel técnico los asuntos de carácter ambiental entre
los sectores
5.6. Comisión Consultiva Ambiental:
La Comisión Consultiva Ambiental es un órgano de carácter permanente del
Ministerio del Ambiente.Su función es promover el diálogo y la concertación en
asuntos ambientales entre el Estado y la sociedad. Su conformación, forma de
designación y número de miembros, así como su funcionamiento, son establecidos
por el reglamento correspondiente
6.
MINISTRO DEL AMBIENTE:
El Ministro del Ambiente del Perú es
el encargado oficial del Ministerio del Ambiente. El cargo fue creado el 13 de mayo del 2008 y su primer
titular es el ecologista Antonio Brack Egg,
quien juramentó el 16 de mayo del mismo año, durante la realización de
la V Cumbre América Latina, el Caribe y la Unión Europea realizada
en Lima.
El diario El Comercio, de la ciudad de Lima el día 16 de
mayo informó sobre el nombramiento del Ministro Brack lo siguiente:
«Después de dos días de
promulgar el decreto legislativo por el cual el Gobierno creó el Ministerio del Ambiente, el presidente Alan García confirmó que será
el ecólogo Antonio Brack quien se encargará de esta cartera. "Estoy
honrado de que el señor Antonio Brack haya aceptado ser ministro y tendrá todo
mi respaldo y apoyo, para hacer lo que deba hacerse en defensa del medio
ambiente", dijo en Palacio de Gobierno, durante una conferencia conjunta con
la canciller alemana, Angela Merkel, a quien comprometió
para que el Ministerio del Medio Ambiente de su país
colaborara con el desarrollo y la formación del futuro Ministerio del Ambiente peruano.»